A- de 2025
Ponente Miguel Efrain Polo Rosero
✓Demandante Velasco Fernandez Alexander Y Otros·Demandado Municipio De Caldono Cauca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre legalidad de actos sometidos a régimen de derecho privado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 001 Administrativo de Popayán y el Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Caldono (Cauca), por causa de una demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por unos ciudadanos, integrantes del equipo "20 de julio Fútbol Club", en contra del municipio de Caldono (Cauca), con el fin de que se declare nulidad de la Resolución por medio de la cual se sanciona a los jugadores del equipo por hechos ocurridos el 3 de septiembre/23, se ordene al demandado a rectificar afirmaciones injuriosas realizadas en su contra y al pago de dineros por las consecuencias generadas por dicha sanción, entre otras pretensiones.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el documento que impone la sanción cuestionada y el que da respuesta al recurso fueron emitidos por el “comité disciplinario” del torneo de fútbol, y los delegados de zona, conforme las funciones establecidas.
Dicho organismo es de carácter privado que no depende de la administración municipal, por lo que no corresponde a la alcaldía modificar sus decisiones.
La Sala concluye que la decisión que se cuestiona no se enmarca dentro de los escenarios del artículo 104 del CPACA, así que debe darse aplicación a la cláusula general de competencia establecida en el artículo 15 del CGP y artículo 12 de la Ley 270/96, que establecen que los asuntos que no estén atribuidos expresamente por la ley a otra jurisdicción deben ser asumidos por la Jurisdicción Ordinaria, civil en este caso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 001 Administrativo de Popayán y el Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Caldono (Cauca), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Caldono (Cauca), es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por Alexander Velasco Fernández y otros.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6370 al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Caldono (Cauca) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 001 Administrativo de Popayán, así como a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.